El régimen de visitas tras el divorcio
9 de abril de 2015

Entre los servicios de nuestro bufete de abogados de divorcios en Bilbao destaca la gestión de un trámite muy sensible tras un divorcio: el establecimiento del régimen de visitas para el progenitor con el que los hijos menores no vayan a convivir de forma habitual. En este post te explicamos qué tiene en cuenta el juez para fijarlo.


Como decimos, los trámites de divorcio o separación con hijos menores de edad son especialmente delicados. Existen una serie de criterios que normalmente se siguen para determinar con qué progenitor vivirán los hijos y qué tiempo tendrá el otro para estar con ellos. En el Grupo Loira te recordamos que, tras la ruptura de una pareja, puede determinarse la custodia compartida o la total. En este último caso el régimen de visitas establecido deberá atender prioritariamente al bienestar del menor. Si los padres no se ponen de acuerdo de forma amistosa y dialogada, el juez tendrá que determinar además de la custodia, el tiempo y el lugar donde se desarrollarán estas visitas. Visitas que tendrá que respetar el progenitor no conviviente.


Si vas a sumergirte en un proceso de divorcio, en nuestro despacho de abogados de divorcios de Bilbao te recordamos que, si no obtienes la custodia total de tus hijos, lo normal es que se te adjudiquen los fines de semana alternos y la mitad de las vacaciones escolares. Hay excepciones como que el menor sea aún lactante. En estos casos deberá pasar los fines de semana íntegramente con la madre y el padre podrá verlo unas dos o tres tardes a la semana. 



Compartir

Artículos relacionados

Share by: