Dudas sobre la pensión de alimentos (II)
3 de marzo de 2016

Seguimos resolviendo dudas sobre la pensión de alimentos, una de las cuestiones que más nos ocupan a los abogados de divorcios en Bilbao. Vamos a completar la entrada anterior sobre este asunto, pero recuerda consultar siempre tu caso con nosotros, para que podamos darte la información que más conviene a tus intereses.

¿Cómo se calcula la pensión de alimentos? se puede llegar a un acuerdo o sentencia que fije una cantidad siempre igual cada mes. En ese caso, lógicamente tiene que ir actualizándose para ajustarse a los cambios en el IPC, ya que lo habitual es que haya que pagarla durante bastantes años al cónyuge que tiene la custodia.

Otra forma de hacerlo es fijando un porcentaje de los ingresos del pagador. Puede generar problemas cuando los ingresos son difíciles de demostrar o muy variables. Si eres el cónyuge custodio y el que tiene que pagar se encuentra en esas situaciones puede que te compense una cantidad fija aunque sea más pequeña.

¿Hasta cuándo puede cobrarse? habitualmente se suele creer que el tope son los dieciocho años de cada menor, pero no es así. El límite es en cada caso cuando el chico o la chica consigan sus propios medios de vida. Los abogados de divorcios en Bilbao tenemos que valorar si esto es posible (o si el mayor de edad está descuidando sus estudios, etc.) para ver si es justo que se siga cobrando.

Un problema habitual que provoca mucho sufrimiento a los clientes de los abogados Grupo Loira es confundir la pensión de alimentos con el derecho a ver a los niños. Son cosas totalmente diferentes, ni se puede dejar de pagar porque no te dejan verlos, si se puede negar las visitas porque no te pagan. Hay que protegerlos a ellos.

Compartir

Artículos relacionados

Share by: