Cuando un familiar fallece sin dejar testamento
31 de julio de 2016

Cuando fallece un familiar sin hacer testamento, un hecho bastante cotidiano,  son muchas las personas que toman la decisión de acudir a las asesorías jurídicas de Bilbao para que les cuenten qué pasos tiene que dar para resolver todas las dudas que les pueden asaltar en ese momento: ¿Quién nombra a los herederos? ¿Qué parientes tienen derechos sobre la herencia? Antes de hablar sobre este asunto de los herederos es necesario dejar bien claro que cada caso debe ser estudiado en detalle pues las circunstancias concretas que le puedan afectar pueden ser muy diferentes a las que se establecen en la norma general que es lo que vamos a explicar en este artículo.

Sin embargo, podemos decir que, en materia de herencias, la legislación española establece con bastante claridad qué criterios se deben seguir para establecer quién debe heredar las propiedades de quien ha fallecido sin hacer testamento o si, habiendo dejado un testamento, un tribunal lo hubiera declarado nulo. Algo que, como bien te pueden explicar en cualquiera de las asesorías jurídicas de Bilbao, no es frecuente pero que puede llegar a ocurrir.

 Los descendientes directos del fallecido, esto es sus hijos y sus nietos, serán los herederos y los bienes habrán de repartirse entre ellos de forma equitativa. Sólo si el fallecido no tuviera descendientes, serán sus ascendientes, padres y abuelos, en este orden, quienes deberán repartirse los bienes. Únicamente cuando el fallecido careciese de hijos y tampoco tuviera ascendientes con vida, sería el cónyuge la persona que heredaría sus bienes, eso sí, siempre que, en el momento del fallecimiento el matrimonio estuviera plenamente en vigor y no hubiera sentencia alguna de divorcio o nulidad.

De todos modos, si tienes un familiar que ha fallecido sin dejar testamento, consulta con los letrados del Grupo Loira.     

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